En los últimos meses SUNAFIL viene realizando inspecciones laborales y de normas de seguridad y salud en el trabajo, por lo que es importante recordar las obligaciones del empleador en cuanto a este tema.

El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores (Ley N° 29783, D.S N° 005-2012-TR y sus modificatorias).

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización.

 

Registros de Seguridad y Salud en el Trabajo. El empleador implementa los registros y documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, pudiendo estos ser llevados a través de medios físicos o electrónicos. Estos registros y documentos deben estar actualizados y a disposición de los trabajadores y de la autoridad competente, respetando el derecho a la confidencialidad.

Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son:

  1. Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.
  2. Registro de exámenes médicos
  3. Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
  4. Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el
  5. Registro de estadísticas de seguridad y
  6. Registro de equipos de seguridad o
  7. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
  8. Registro de auditorías.

 

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los empleadores con veinte o más trabajadores a su cargo constituyen un comité de seguridad y salud en el trabajo, el cual está conformado en forma paritaria por igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora.

En los centros de trabajo con menos de veinte trabajadores son los mismos trabajadores quienes nombran al supervisor de seguridad y salud en el trabajo.

Son los trabajadores quienes eligen a sus representantes ante el comité de seguridad y salud en el trabajo o sus supervisores de seguridad y salud en el trabajo.

 

Reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo Las empresas con veinte o más trabajadores elaboran su reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con las disposiciones que establezca el reglamento.

 

Equipos de protección personal. El empleador proporciona a sus trabajadores equipos de protección personal adecuados, según el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus funciones, cuando no se puedan eliminar en su origen los riesgos laborales o sus efectos perjudiciales para la salud este verifica el uso efectivo de los mismos.

Para mejorar el conocimiento sobre la seguridad y salud en el trabajo, el empleador debe:

  1. Entregar a cada trabajador copia del reglamento interno de seguridad y salud en el
  2. Realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de seguridad y salud en el
  3. Adjuntar al contrato de trabajo la descripción de las recomendaciones de seguridad y salud en el
  4. Brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber para la participación de los trabajadores en cursos de formación en la
  5. Elaborar un mapa de riesgos con la participación de la organización sindical, representantes de los trabajadores, delegados y el comité de seguridad y salud en el trabajo, el cual debe exhibirse en un lugar visible.

 

Auditorías del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El empleador realiza auditorías periódicas a fin de comprobar si el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo ha sido aplicado y es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud de los trabajadores. La auditoría se realiza por auditores independientes. En la consulta sobre la selección del auditor y en todas las fases de la auditoría, incluido el análisis de los resultados de la misma, se requiere la participación de los trabajadores y de sus representantes

 

Exámenes médicos. El empleador tiene la obligación de practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que están expuestos en sus labores, esto es de cargo del empleador.